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Mostrando entradas de enero, 2022

BREVE ANÁLISIS A LOS CARDINALES 27 Y 28 DE LA LISR VIGENTE PARA 2022.

 DE LAS DEDUCCIONES  ATENDIENDO A LA PROCEDENCIA Y SUS REQUISITOS LEGALES DE CONFORMIDAD A LO PREVISTO POR LOS ARTÍCULOS 27 Y 28 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, VIGENTE EN 2022. En el campo del Impuesto Sobre la Renta, todos los contribuyentes se enfrentan todos los días en el dilema de determinar, si el gasto para tal o cual aspecto, erogado para su negocio es o no deducible, y cuáles son los requisitos que al efecto deben cumplirse. Estimado lector, nuestra legislación de renta (LISR) para determinar y "desahogar" o resolver ese dilema, establece un catálogo respecto de que en primer orden qué requisitos deben cumplir los gastos erogados para que estos sean deducibles. Por deducible se entiende, a aquél gasto que no deberá ser tomado en cuenta para la base gravable del ISR. Conforme a lo anterior, el Artículo 27 de la LISR establece qué  requisitos deberán tener esos gastos para que puedan ser deducibles, enumerándolos en el siguiente orden: 1. Estrictamente indi...

COMENTARIOS A LA TESIS AISLADA 1a. LI/2021 (10a.) PRIMERA SALA, PUBLICADA EL 10 DE DICIEMBRE DE 2021 EN EL SEMANARIO JUDICIAL DE LA FEDERACION

PROCEDIMIENTO PARA DETERMINAR LA GANANCIA O PERDIDA FISCAL POR ENAJENACION DE BIENES VIA ADJUDICACION PREVISTO EN EL CARDINAL 53 DE LA LEY DE ISR, NO ES CONTRARIO AL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA. Estimado lector, en materia fiscal quienes venden acciones  de una empresa que conforma el sistema financiero mexicano ,debe determinar si sobre la misma hay que pagarse el Impuesto Sobre la Renta, para ello, el legislador prevé un procedimiento engorroso y complicado que posé diversas variables de valor, conformados por las utilidades de la empresas, a plusvalía de la empresa, la antigüedad en que las acciones fueron adquiridas y que conlleva un procedimiento especial, lo cual es visible en el cardinal 22 de la LISR. Pero qué pasa respecto de aquéllos inmuebles que un Banco por ejemplo, recupera de un deudor, y que deberá enajenar por disposición legal a un tercero, el valor de actualización de un inmueble deberá seguir el mismo procedimiento que el de una acción?, para ello el artícul...

RENUNCIAS RECAUDATORIAS/ DEDUCCIONES AL 8.5% POR CONSUMOS EN RESTAURANTES, UNA FABULA A LA REACTIVACIÓN DE LA ECONOMIA SO PRETEXTO DE UNA RENUNCIA A LA RECAUDACIÓN FEDERAL.

  DEDUCCIONES AL 8.5% POR CONSUMOS EN RESTAURANTES, UNA FABULA A LA REACTIVACIÓN DE LA ECONOMIA SO PRETEXTO DE UNA RENUNCIA A LA RECAUDACIÓN FEDERAL. INTRODUCCIÓN. Apreciable lector, el tema que hoy se aborda, deriva del documento denominado "Renuncias Recaudatorias" emitido por la SHCP en el mes de Junio de 2021, pero ¿qué son las Renuncias Recaudatorias? (en lo sucesivo las RR). Podemos definir a las RR de una forma muy simple, como el instrumento de política tributaria emitido por el Ejecutivo Federal a través de la SHCP por virtud del cual el Erario Federal renuncia a recaudar ciertos impuestos, dicho tratamiento decanta principalmente en cuatro aspectos, a saber: Deducciones Estimulos Diferimiento Facilidad administrativa(créditos fiscales) En México es obligatorio a partir del 2002, y a mi criterio no es más que una proyección económica que por mandato legislativo o ejecutivo de forma heteroaplicativa podrá ser o no ejercida por el sujeto pasivo de la relación jurídico ...