BREVE ANÁLISIS A LOS CARDINALES 27 Y 28 DE LA LISR VIGENTE PARA 2022.
DE LAS DEDUCCIONES ATENDIENDO A LA PROCEDENCIA Y SUS REQUISITOS LEGALES DE CONFORMIDAD A LO PREVISTO POR LOS ARTÍCULOS 27 Y 28 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, VIGENTE EN 2022. En el campo del Impuesto Sobre la Renta, todos los contribuyentes se enfrentan todos los días en el dilema de determinar, si el gasto para tal o cual aspecto, erogado para su negocio es o no deducible, y cuáles son los requisitos que al efecto deben cumplirse. Estimado lector, nuestra legislación de renta (LISR) para determinar y "desahogar" o resolver ese dilema, establece un catálogo respecto de que en primer orden qué requisitos deben cumplir los gastos erogados para que estos sean deducibles. Por deducible se entiende, a aquél gasto que no deberá ser tomado en cuenta para la base gravable del ISR. Conforme a lo anterior, el Artículo 27 de la LISR establece qué requisitos deberán tener esos gastos para que puedan ser deducibles, enumerándolos en el siguiente orden: 1. Estrictamente indi...